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Ayuda social para alemanes con residencia en Uruguay
Por norma, los ciudadanos alemanes con residencia permanente en el extranjero no tienen derecho a percibir una ayuda social.
Desde el 1° de enero de 2004, los ciudadanos alemanes que comúnmente tengan su permanencia en el extranjero podrán acceder a un beneficio social en caso específico y cuando la situación lo amerite. Condición previa para tener derecho a tal beneficio es que dicha ayuda sea totalmente necesaria debido a que se ha presentado una situación precaria excepcional o de indigencia inusitada, debiendo la persona comprobar, al mismo tiempo, que un regreso a Alemania no es posible por los siguientes motivos:
• Cuidados y educación de un menor de nacionalidad alemana que por razones jurídicas debe permanecer en el extranjero y, al mismo tiempo, no tener la posibilidad (p. ej. falta de permiso de trabajo) de costearse su propia subsistencia.
• Cuidados estacionarios de largo plazo en una institución o grado de necesidad de cuidados que representan una incapacidad para volar.
• Encarcelación y, al mismo tiempo, insuficiente aprovisionamiento por parte de las autoridades del país anfitrión.
Cuando la indigencia se presenta encontrándose en el extranjero, por principio, se espera que la persona afectada regrese a Alemania. Solamente en los tres casos precitados que conllevan a un impedimento objetivo del regreso, y que conforman un listado final, se hacen excepciones a esta norma.
Además, el derecho al pago de ayuda social a los ciudadanos alemanes residentes en el extranjero está condicionado a la indigencia. Sobre el particular, no basta considerar solamente los ingresos, el patrimonio y la pensión alimenticia, sino también las posibilidades de percibir un beneficio social de parte del país de estadía, ya que no debe haber un derecho a elegir entre los beneficios otorgados por el país de estadía o la ayuda social alemana.